Por lo tanto, a partir de esta modificación, lo donativo que hagan los particulares (en este caso, no se modifica los donativos de las empresas), los primeros 150€ aportados en cualquier entidad de estas características tendrán una deducción del 80%. El resto de donativos a partir de estos 150€ será del 35%. Los donantes que anteriormente ya hayan colaborado con una misma entidad durante los dos años anteriores, y que realicen un donativo igual o superior, a partir de estos 150€ la deducción será del 40%.
Tenéis en nuestra web más información y ejemplos de las ventajas fiscales que tenéis cuando colaboráis con la Fundación Catalana de ELA Miquel Valls haciendo una donación puntual o una colaboración recurrente.
En cuanto a los donativos y colaboraciones de las empresas, continúan los supuestos que ya había anteriormente, es decir que se deducirá el 35%. Aun así, en el propósito que ya se haya realizado donativos iguales o superiores en los dos años anteriores la deducción en la aportación será del 40%. El acceso se podrá aplicar en los periodos impositivos que concluyen en los 10 años inmediatos y sucesivos.
Por cualquier duda o consulta relacionada con las desgravaciones correspondientes a vuestros donativos, podéis poneros en contacto por correo electrónico a ela@fundaciomiquelvalls.org o en el teléfono 937665969 (de lunes a viernes de 8 a 15h)
Aprovechamos para dar las gracias a todos los colaboradores de la Fundació Catalana d’ELA Miquel Valls por su Gesto por la ELA que hacen con sus aportaciones que nos ayudan a continuar dando apoyo a las familias afectadas por esta enfermedad.
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